Obligación de desembarque

Algunos países han optado por abordar la problemática del descarte por medio de regulaciones basadas en la prohibición del descarte o descarte cero para determinadas especies objetivo. Entre estos países se encuentran Noruega, Islandia, Nueva Zelanda, Canadá, aunque principalmente dirigidas a pesquerías en las que es posible fijar una sola especie objetivo. En la CE, las pesquerías pelágicas generalmente permiten concentrar la actividad pesquera en una especie, sin embargo, las demersales suelen ser concentrarse en varias.

 

La reforma de la Política Pesquera Común plantea un cambio de planteamiento en lo que se refiere a la gestión pesquera, enfocándose en la regulación de lo que se captura, en lugar de lo que se desembarca. La nueva estrategia se dirige a la reducción de capturas accesorias y la eliminación de los descartes, desde un enfoque ecosistémico de gestión pesquera.

 

Debido a la variedad existente en las pesquerías de la UE, la eliminación de descartes se enfoca a través de la realización y aplicación de planes plurianuales o específicos de descarte adaptados a cada pesquería, que podrán incluir prohibiciones de descartes y otras medidas, entre ellas de limitación de esfuerzo pesquero en relación a los Totales Admisibles de Captura (TAC) o transferencia de cuotas.

 

La obligación de desembarque de toda la captura de especies gestionadas mediante TAC y cuotas (en el Mediterráneo también las especies sujetas a tallas mínimas) supone también el mantenimiento a bordo y desembarque de individuos que no alcancen la talla mínima, los cuales no podrán ser comercializados para consumo humano para evitar la rentabilidad de su captura, pero serán deducidos de las cuotas. No obstante, ciertas capturas podrán contar con exenciones (planes de descarte) y podrán ser devueltas al mar (especies de alta supervivencia).

 

Esta nueva política considera que la forma más efectiva de reducir las capturas accesorias es la prohibición del descarte, de forma progresiva entre 2015 y 2019, junto a medidas complementarias como vedas en tiempo real y obligaciones de cambio de caladero en zonas donde se considere que se pueden producir capturas accesorias importantes. De esta forma se quieren incentivar formas de evitar la captura accesoria a través del desarrollo de tecnología, prácticas y soluciones técnicas desde el sector pesquero.

 

En Octubre de 2014, la CE adoptó cinco planes de descartes para determinadas pesquerías pelágicas en las aguas de la UE y de pesca de salmón y bacalao en el mar Báltico, preparando y regulando la aplicación de la obligación de desembarque desde el 1 de enero de 2015.